Los 2 errores fatales que cometen las familias tras un fallecimiento

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Los 2 errores fatales que cometen las familias tras un fallecimiento

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Joaquín García, nuestro experto hipotecario, aclara en una entrevista para Hola.com qué ocurre con la deuda hipotecaria al fallecer el titular y los errores más comunes de las familias

“Es una de las preguntas que más preocupan a quienes tienen una vivienda en propiedad, pero de la que menos se habla”, ¿Qué ocurre con esa gran deuda si yo ya no estoy? ¿Hereda mi familia un problema?”.

La primera sorpresa, señala nuestro experto es que no hay “cláusulas ocultas” en tu contrato hipotecario que se activen por fallecimiento. La clave está en la ley y en cómo funciona la herencia. La regla de oro, afirma, es clara: 

La hipoteca no se extingue. Sigue ligada a la vivienda y, por tanto, pasará a los herederos que decidan aceptarla

Qué cubren los seguros vinculados

Sobre los seguros asociados, distinguimos dos figuras principales:

  • Seguro de vida: “Es más flexible: la aseguradora paga un capital a los beneficiarios, que pueden usar para lo que quieran, incluida la hipoteca. Pero suele tener mayor peaje fiscal”.
  • Seguro de amortización: “Es un seguro más finalista, su único objetivo es cancelar la deuda pendiente de la hipoteca, y el beneficiario siempre es el banco”.
  • Tres opciones legales para los herederos

¿Y si no hay ningún seguro? “Entonces los herederos tienen tres opciones legales”, explica García:

  1. Rechazar la herencia, renunciando también al inmueble.
  2. Aceptar la herencia con todas las cargas, incluyendo la hipoteca, incluso con su propio dinero.
  3. Aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que permite responder de la deuda solo hasta el valor del patrimonio heredado, protegiendo así el patrimonio personal.

Qué hace el banco en la práctica

El banco, aclara García, “no inicia ningún proceso inmediato tras el fallecimiento. Solo se entera cuando los herederos lo notifican”.

Lo habitual es que “mientras se resuelve la herencia, el banco siga cobrando las cuotas desde la cuenta del fallecido, si hay saldo. Solo en caso de impago se podría iniciar un proceso de ejecución hipotecaria, pero eso no es inmediato”.

Errores frecuentes a evitar

Finalmente, el experto insiste en dos fallos muy habituales:

  • No avisar al banco del fallecimiento”.
  • No consultar el Certificado de Últimas Voluntades, porque a veces ahí se esconden seguros contratados que podrían ser la solución”.

Conocer estos puntos, concluye Joaquín García, “es clave para que las familias puedan organizarse con anticipación, evitar sorpresas y proteger el patrimonio familiar en momentos complicados”.